La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha dictado una sentencia de gran relevancia en materia de Derecho de familia sobre custodia, visitas y régimen de comunicación con hijos menores, revocando parcialmente una resolución del Juzgado de Primera Instancia nº 5 que había denegado todo contacto entre un padre y su hijo de tres años.
El caso partía de una situación compleja: el progenitor había sido condenado previamente por delitos de violencia de género contra la madre, lo que motivó que en primera instancia se suspendiera cualquier régimen de visitas. Además, se atribuyó la custodia exclusiva a la madre y se fijó una pensión de alimentos.
El padre, asistido por nuestro despacho, Francisco Víctor Abogados, y representado por el letrado D. Cristian Carretero Martín, recurrió esta decisión alegando que la suspensión absoluta vulneraba tanto su derecho como el del inferes superior del menor a mantener un vínculo afectivo, proponiendo un régimen de visitas progresivo y tutelado en el Punto de Encuentro Familiar.
El criterio de la Audiencia: el interés superior del menor
La Audiencia Provincial recuerda que el artículo 94 del Código Civil permite suspender el régimen de visitas en casos de violencia de género, pero exige una motivación reforzada y una valoración concreta de las circunstancias. En este caso, la sentencia de primera instancia no había analizado en profundidad el impacto real en el niño ni había aportado pruebas de que el contacto con el padre fuera perjudicial.
Por ello, el tribunal concluye que lo más beneficioso para el menor es restablecer gradualmente el contacto con su padre, siempre bajo medidas de control y protección.
Nuevo régimen de visitas fijado
El fallo establece un sistema progresivo:
Primera fase: tres meses de visitas tuteladas en el Punto de Encuentro Familiar, con encuentros de tres horas cada sábado y domingo.
Segunda fase: salidas de seis horas los fines de semana, condicionadas a informes psicosociales favorables.
Tercera fase: un régimen normalizado, con una tarde intersemanal, fines de semana alternos con pernocta y reparto de vacaciones escolares.
Todo ello bajo supervisión judicial y con informes periódicos para garantizar que el menor se desarrolla en un entorno seguro.
Una sentencia clave para la práctica del derecho de familia
Este pronunciamiento destaca la importancia de que los tribunales ponderen el interés superior del menor caso por caso, evitando suspensiones automáticas y permitiendo, cuando sea posible, mantener el vínculo paternofilial.
Desde Francisco Víctor Abogados, con amplia experiencia en custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos y procesos de violencia de género, consideramos que esta resolución es un paso importante hacia un equilibrio entre la protección de las víctimas y el derecho de los hijos a relacionarse con ambos progenitores.
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