Absolución en Caso de Delito contra la Propiedad Industrial en Madrid
El Juzgado de lo Penal Nº 14 de Madrid ha dictado una sentencia absolutoria en un caso relacionado con un delito contra la propiedad industrial. En el proceso, se investigaba a un empresario de una cerrajería automotriz acusado de comercializar productos presuntamente falsificados que reproducían marcas registradas sin autorización. La resolución, fechada el 12 de noviembre de 2024, concluye que no existen pruebas suficientes para demostrar que el acusado conociera la falsedad de los artículos.
Hechos del Caso
En septiembre de 2021, agentes de la policía realizaron una inspección en un negocio de reparación de productos automotrices ubicado en Madrid. Durante la revisión, se incautaron 40 piezas, entre llaves y mandos de vehículos, que imitaban marcas registradas. La investigación determinó que los productos eran falsificaciones debido a defectos en los logotipos, la falta de etiquetado de seguridad y la presentación a granel, práctica no habitual en la distribución de los fabricantes legítimos.
Defensa
La línea estratégica de los letrados, basaba en una incorrecta cadena de custodia de los elementos intervenidos, dado que en un primero momento el acta de objetos nominaba los elementos como llaves y el informe pericial elaborado por los Agentes de Policía adscritos al departamento de Propiedad Industrial llevo a cabo el estudio de mandos, nominaciones importantes dado que los objetos pudieron ser distintos entre lo intervenido y los objeto de pericia.
Por otro lado, fue importante la defensa realizada por D. Cristian Carretero en el acto de la vista oral sobre los elementos del tipo, en este caso concreto, el cuanto al tipo subjetivo, no se daba el conocimiento por el acusado de que el material adquirido fuese producto falsificado, por lo que no procede aplicar el tipo penal del articulo 274.2 del Código Penal dado que el conocimiento y el dolo eran elementos esenciales del mismo, siendo este el motivo final de la absolución de nuestro cliente.
Decisión Judicial
Aunque las pruebas periciales confirmaron la falsedad de los productos, el tribunal concluyó que no se acreditó que el empresario tuviera conocimiento de la irregularidad. Este alegó que los productos fueron adquiridos de proveedores establecidos legalmente en España, quienes emitieron facturas con datos claros y registros fiscales. Además, los peritos señalaron que la falsificación no era visible a simple vista, requiriendo un análisis detallado para identificarla.
El tribunal consideró creíbles las declaraciones del acusado y, aplicando el principio in dubio pro reo, determinó que no había suficientes elementos para contradecir la presunción de inocencia.
Reflexión sobre el Caso
La decisión subraya la importancia de la presunción de inocencia y destaca la necesidad de que las pruebas sean claras y concluyentes antes de imponer una condena. Este caso también pone de relieve la importancia de controlar las cadenas de suministro para evitar que productos falsificados lleguen al mercado, incluso cuando se adquieren a proveedores legalmente establecidos.
Es fundamental en cualquier procedimiento penal contar con letrados especializados en derecho penal como es nuestro caso para poder garantizar a los clientes un proceso justo y con todas las garantías a fin de salvaguardar la presunción de inocencia.